miércoles, 9 de abril de 2014

Medidas de Seguridad Vial para las motos



El riesgo de matarse en un accidente de moto es mucho mayor.

- Los conductores de motos son más vulnerables que los conductores de un coche. Según datos de la DGT, aproximadamente el riesgo de matarse en un accidente de moto es 17 veces superior al de matarse en coche.

- Claro que el cumplimiento de los límites de velocidad, no conducir bebido ni habiendo consumido drogas y el uso del casco siempre, son imprescindibles para reducir la siniestralidad de los usuarios de motocicletas y ciclomotores. Como siempre conducir con responsabilidad y precaución es la medida más eficaz.

- A más velocidad más fácil es perder el control de la moto, más difícil es hacer frente a un imprevisto y más graves son las consecuencias de una caída. No hay nada que discutir sobre el alcohol y drogas, que afectan severamente a la percepción, reflejos y capacidad de análisis, reacción y sincronización del conductor.

- Y el casco por supuesto es vital, pues ha demostrado sin lugar a dudas que evita lesiones graves incompatibles con la vida en la cabeza, cerebro y cervicales del conductor. Lo extraño es que todavía a día de hoy el casco no se usa al 100%, y sigue habiendo conductores de ciclomotores que piensan que por ir ahí al lado no hace falta ponerse el casco.


Pero también hay que invertir en infraestructuras más seguras.

Pero además de esto hay varias medidas que se pueden y deberían tomar para reducir aún más la siniestralidad de las motos, y que están relacionadas con las infraestructuras. Lamentablemente algunas pueden exigir invertir dinero que las administraciones públicas dicen no tener.


Podríamos decir que las tres más importantes son: pavimento, barreras y pintura.

Para una moto es muy importante el buen estado del asfalto del pavimento de la calzada, que sea homogéneo y sin irregularidades, que la adherencia sea buena y que drene adecuadamente el agua de lluvia. Hay que prestar atención también al sellado de las fisuras y grietas del pavimento, para que no sea resbaladizo. Hay que prestar también cuidado con los peraltes y contraperaltes de las curvas, y sobre todo con la transición entre peraltes.

El tema de las barreras de protección, limitación y balizamiento es muy importante. Se ha avanzado bastante con los años, al dejar de emplear perfiles de soporte “en I” por otros tubulares o revestidos en las nuevas barreras, pero todavía falta por seguir avanzando, y por sustituir perfiles antiguos en los guardarraíles existentes.


Es muy importante que todos los soportes y los bordes del guardarraíl (incluida la bionda) no tengan bordes cortantes. Los perfiles en C, tubulares, o revestidos con elemenos redondeados son menos peligrosos. Las biondas deberían llevar guardacantos y es muy interesante colocar doble bionda inferior, o faldón, que evite que el motociclista supere la barrera.


Sería todavía mejor, allí donde sea posible, aumentar el ancho de los arcenes, suavizar taludes y emplear soportes y postes rompibles y deformables que absorban la energía del impacto, en aquellos puntos donde haya un alto índice de caídas de motos.


La pintura no puede descuidarse tampoco. Para las marcas viales hay que emplear pinturas antideslizantes. Algunos tipos de pintura resbalan incluso cuando están secas, y son casi una pista de hielo cuando llueve. Esto es tanto más importante con la pintura de los pasos de peatones en los entornos urbanos. Hay que tener cuidado también con las pinturas con resaltos, para no emplear estas en curva, y para que la altura del resalto no sea excesiva (no más de 10 mm).



Fiscal incide en educación escolar y aplicación de leyes para seguridad vial

El fiscal coordinador de Seguridad Vial, Bartolomé Vargas, ha incidido hoy en la educación escolar y en la aplicación de las leyes, más que la elevación de las penas, como fórmulas para incrementar la seguridad en el tráfico.
Bartolomé Vargas ha presidido una reunión de fiscales delegados en materia de Seguridad Vial y responsables de las policías locales y Guardia Civil en Castilla y León, con el objetivo de coordinador actuaciones y conocer iniciativas.
En declaraciones a los periodistas, Vargas se ha mostrado partidario, para avanzar en la seguridad vial, de promover la educación vial en el entorno escolar y en el familiar, aunque ha lamentado que la nueva Ley Orgánica de Mejora de la Calidad Educativa (Lomce) no haya incluido la seguridad vial en los currículos.
Sin embargo, el fiscal coordinador ha indicado que para mejorar la seguridad vial, algo en lo que a su juicio se ha avanzado "mucho" en los ocho últimos años, no van a "cejar" en apoyar las iniciativas que impliquen a los escolares en tareas de educación en materia de tráfico, tras lo que ha resaltado también la importancia de la pedagogía en el ámbito de la familia.
Preguntado sobre si es partidario de incrementar las penas en los delitos contra la seguridad en el tráfico, Vargas ha indicado que más que elevar las penas lo que hay que hace es intensificar la persecución de los delitos.
En su opinión, "más que la elevación de la penas la clave está en la aplicación continuada de la ley, que no haya impunidad y que los conductores que infringen la ley sepan que, tarde o temprano, van a ser sorprendidos y se le va a aplicar la ley".
A su juicio, hay que "concienciar al conductor infractor de que su comportamiento, antes o después, va a significar una condena".
El fiscal Bartolomé Vargas ha destacado que el 90 por ciento de las condenas por delito de tráfico viario son impuestas después de sentencias de conformidad, en las que están de acuerdo el fiscal y el acusado.
Este dato, a su juicio, demuestra que los fiscales se esfuerzan por alcanzar "sentencias prontas y de ejecución inmediata" y con aplicación "proporcionada, disuasoria y rehabilitadora".
Vargas ha insistido en que la Fiscalía va a "trabajar más" la seguridad vial en el ámbito urbano, especialmente en colaboración con las policías locales, dentro de lo que es "el concepto de movilidad sostenible", para defender los nuevos usos peatonales y la protección de los colectivos más vulnerables.
El fiscal se ha mostrado satisfecho con la evolución de la seguridad vial, aunque "cada fallecido duele", y ha indicado que las campañas para la detección de la alcoholemia entre conductores y de control de la velocidad mediante radares revelan "buenas pautas de actuación" pero hay que "consolidar lo hecho y afianzar la conciencia de respeto a la Ley".

jueves, 3 de abril de 2014

La nueva Ley de Seguridad Vial



Esta Ley establece que se podrá inmovilizar un vehículo si no se dispone del dispositivo de retención infantil.

Los ciclistas menores de 16 años deben utilizar siempre el casco de protección, independientemente de la vía por la que circulen.

Se prohíben los detectores de radar, no así, los dispositivos que exclusivamente informan de la ubicación de los radares.

Se eleva a 1.000 euros la sanción por conducir con presencia de drogas en el organismo y de alcohol cuando se duplique la tasa permitida o en caso de reincidencia.

Se recoge la posibilidad de restringir el acceso o la circulación por las vías a determinados vehículos por motivos medioambientales.

En los accidentes de tráfico ocasionados por atropello de especies cinegéticas, con carácter general, la responsabilidad será del conductor del vehículo.

Ley entrará en vigor en un mes, a contar desde el día siguiente a su publicación oficial.

El objetivo de la norma aprobada es reducir la siniestralidad vial y mejorar la seguridad de los distintos usuarios de la vía, adaptando o modificando otros aspectos que no sólo den respuesta a las necesidades de los conductores, sino también a los cambios que se producen en los vehículos y las vías, factores todos ellos determinantes en la producción de los accidentes.

PRINCIPALES NOVEDADES:

Restricciones a vehículos por motivos medioambientales.
Uno de los aspectos más novedosos de la Ley es que recoge expresamente la posibilidad de restringir el acceso o la circulación por las vías a determinados vehículos por motivos
medioambientales, tal y como se recoge en el Plan AIRE donde se prevé la creación de un marco normativo estatal para la implantación de zonas de bajas emisiones.
Esta medida recogida de forma general en la Ley, necesita de un desarrollo reglamentario posterior, que involucra a varias administraciones públicas, ya que las competencias de circulación
de las vías urbanas corresponde a los municipios y la de las vías interurbanas y travesías a la Dirección General de Tráfico, al Servei Catalá de Transit y a la Dirección de Tráfico del Gobierno Vasco.

Sistemas de retención y protección.
Respecto a los sistemas de seguridad de los ocupantes de los vehículos (cinturones de seguridad, casco y demás elementos de protección) y debido a que la legislación europea va incrementando progresivamente los niveles de exigencia, tanto en el uso como en la instalación de los mismos, la Ley lo que hace es recoger de forma generalizada la obligación que tienen todos los conductores y ocupantes de los vehículos de hacer uso de dichos elementos de protección.
Por razones de seguridad vial, el nuevo texto permite que se pueda prohibir la ocupación de los asientos delanteros o traseros del vehículo a los menores en función de su edad o talla, así como la posibilidad que tienen los agentes de inmovilizar el vehículo si no se dispone del dispositivo de
retención infantil adecuado.
De esta forma, la Ley anticipa los cambios que se realizarán en el Reglamento General de Circulación, que será la norma donde se regulen expresamente las condiciones, excepciones y usos de estos dispositivos de seguridad y donde se vayan transponiendo las Directivas Europeas.

Bicicletas
El nuevo texto hace referencia a la obligatoriedad del uso del casco para ciclistas y ocupantes de bicicletas en vías interurbanas, tal y como ya estaba establecido e introduce como novedad que los menores de 16 años siempre deben ir protegidos con el casco, independientemente de la vía por la que circulen.
Además, se les permite circular por debajo del límite de velocidad establecido y se refuerzan las medidas de seguridad de los ciclistas cuando son adelantados por otros vehículos:
El vehículo que adelante a un ciclista puede ocupar parte o la totalidad del carril contiguo o contrario.
Debe guardar una separación lateral mínima de 1,5 metros.
En los adelantamientos no se puede poner en peligro ni entorpecer la marcha de los ciclistas que circulen en sentido contrario.

Detectores de radar
Pese a que ya estaba recogido de forma muy ambigua en la Ley, el nuevo texto prohíbe expresamente el uso de los detectores de radar o cinemómetro, aquellos aparatos que interfieren con el sistema radar, no así los que exclusivamente informan de la ubicación de los mimos. El motivo de dicha prohibición es que el objetivo principal de dichos detectores es eludir la vigilancia del tráfico y el cumplimiento de los límites de velocidad, hechos todos ellos incompatibles con las políticas de seguridad vial.
El quebrantamiento de esta prohibición está tipificado como infracción grave lo que supone una sanción de 200 euros y la detracción de 3 puntos.

Alcohol y drogas
Uno de los aspectos que se modifica de forma sustancial en la Ley es el relativo a las drogas en la conducción, recogiendo por primera vez el principio de tolerancia cero en materia de drogas.
Hasta ahora existía una confusión entre el objeto de la regulación penal y el de la administrativa
en lo relativo a las drogas, que ahora en el nuevo texto se precisa.
La Ley prohíbe conducir con presencia de drogas en el organismo del conductor, quedando excluidas las sustancias que se utilicen bajo prescripción facultativa y con una finalidad terapéutica. Esta infracción administrativa se castigará con una sanción de 1.000 euros y detracción de 6 puntos.
En cambio, si se conduce bajo la influencia de drogas, la vía ya no es administrativa sino la penal, tal como ya está recogido en el artículo 379.2 del Código Penal.
El nuevo texto también recoge de forma explícita que la prueba salival, mediante los dispositivos
autorizados, es el medio preferente para detectar in situ la presencia de drogas en el organismo para su posterior análisis.
La Ley también establece la obligación de someterse a las pruebas de detección de alcohol y drogas, no sólo a los conductores de un vehículo, sino a los demás usuarios de la vía cuando se hallen implicados en un accidente de tráfico o hayan cometido una infracción.
La multa por conducir con tasas de alcohol superiores a las establecidas seguirá siendo de 500 euros y detracción de 4 o 6 puntos, excepto para aquellos conductores que ya hubieran sido sancionados en el año inmediatamente anterior por el mismo motivo; así como para aquellos
conductores que circulen con una tasa que supere el doble de la permitida.
Para estas excepciones, la sanción será de 1.000 euros.

Velocidad
Se mejora la redacción del precepto sobre velocidad y se remite al Reglamento General de Circulación la concreción de los límites máximos y mínimos para los conductores, vehículos y vías. Por tanto, en dicha Ley no se recoge ningún cambio sobre velocidad.
Estableciendo en su artículo 19 que “ las velocidades máximas y mínimas autorizadas para la circulación de vehículos serán las fijadas de acuerdo con las condiciones que reglamentariamente se determinen...”

OTROS CAMBIOS
Además de las novedades anteriormente comentadas, la Ley también recoge otras modificaciones:
-          En accidentes de tráfico ocasionados por atropello de especies cinegéticas, con carácter general, la responsabilidad será del conductor del vehículo.
-          Ahora bien, cuando el atropello del animal sea consecuencia directa de una acción de caza, el responsable será el propietario del terreno, y si es por la falta de reparación del vallado o de la señalización, el responsable será el titular de esa vía donde se ha producido el atropello.
-          Se transpone a nuestro ordenamiento jurídico la Directiva Europea para intercambio transfronterizo de información sobre infractores de tráfico cuando sean de velocidad, alcohol, drogas, móvil, cinturón o cascos con un vehículo que circule en un Estado de la Unión Europea pero con matricula de otro país distinto.
-          Se introduce una nueva causa parta no tener que notificar la denuncia en el acto: siempre y cuando el agente denunciante se encuentre realizando labores de vigilancia y control de tráfico y carezca de medios para proceder a la persecución del vehículo infractor.
-          Se obliga a matricular definitivamente en España los vehículos que se destinen a ser utilizados en territorio nacional por residentes o por titulares de establecimientos o empresas.
-          Las grúas que acudan a realizar un servicio de auxilio en carretera tienen prioridad de paso, aunque no son vehículos prioritarios.
-          Se prorroga hasta el 25 de mayo de 2016 el plazo para la incorporación de los ayuntamientos al TESTRA y al DEV, así como se aclaraque los plazos de alegaciones de las denuncias y de pago de sanciones con descuento es de 20 días naturales.

Alcaldes cacereños se forman para crear planes de seguridad vial urbana

Cáceres, (EFE).- Alcaldes de la provincia de Cáceres participan hoy y mañana en unas Jornadas sobre Seguridad Vial Urbana organizadas por la Subdelegación del Gobierno en Cáceres para que puedan establecer un plan propio con el objetivo de reducir la siniestralidad en las vías urbanas.
La subdelegada del Gobierno, María Jerónima Sayagués, en declaraciones a los medios antes de iniciarse una de las jornadas, ha explicado que han sido invitados a participar los alcaldes de los 221 municipios de la provincia de Cáceres, en distintos grupos de trabajo.
El objetivo de las jornadas pasa por transmitirles el sentir del Gobierno para reducir y evitar la siniestralidad, ya que según los datos de 2012 los accidentes han disminuido en las carreteras, pero ha aumentado en los pueblos y ciudades.
Por ello, ha añadido, se tata de sensibilizar a través de los alcaldes para que establezcan un plan de seguridad vial urbana en los municipios.
Por su parte la directora provincial de Tráfico, Cristina Redondo, ha señalado que las políticas e intervenciones que llevan a cabo en vías interurbanas están surtiendo muchísimo efecto, “y lo que se busca es que ese impacto se lleve también a las vías urbanas”.
Ha indicado que hay fórmulas que funcionan siempre como son la formación de los conductores y la sensibilización, así como la vigilancia.
Una serie de medidas que dependiendo del tamaño del municipio y los medios que tenga, ha indicado, pueden ir sumando “y lo importante es la planificación, que se planifiquen las medidas que a lo largo del año se pueden ir tomando para reducir la siniestralidad”.
En cuanto al papel de los ayuntamientos, Redondo ha señalado que, en materia de formación, la Policía Local puede dar charlas en los centros escolares.
También ha destacado la lucha contra los atropellos, ya que un 45% de los accidentes que se producen en vía urbana son atropellos, y la Policía Local tiene una labor fundamental de concienciación para evitar que los peatones crucen por lugares que no están habilitados para ello.
Y también, ha indicado, para que los conductores sepan que tienen que compartir el espacio y darse cuenta de que hay usuarios como los ciclistas o peatones que son muy vulnerables y tiene que ir con una velocidad calmada para evitar una situación conflictiva.
Ha señalado que los mayores de 45 años son los que mas sufren los atropellos y la formación en los mayores también es muy relevante “ya que sufren pérdida de capacidades y reflejos y se les puede compensar con determinados conocimientos o comportamientos más seguros que les impidan tener ese accidente”.
La señalización también es importante para que los conductores y peatones sepan en cada momento lo que deben hacer, ha destacado, y es una de las cuestiones a las que se invita a los ayuntamientos a tenerlo en perfectas condiciones, renovarlo y modificarlo cuando sea necesario de cara a la protección de los colectivos más vulnerables.
Otro de los objetivos, ha añadido, es que se incremente el uso de las bicicletas sin que suponga un incremento de la siniestralidad.